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Ajuste de estado
Residente legal permanente

Tarjeta Verde

Tarjeta verde

En el intrincado panorama de la ley de inmigración estadounidense, el proceso de lograr la residencia permanente legal se presenta como un momento decisivo para quienes aspiran a llamar a Estados Unidos su hogar a largo plazo. El Ajuste de Estatus es la vía legal que marca el comienzo de este viaje transformador, que representa la promesa de un nuevo capítulo y la realización de sueños. El proceso permite a ciertas personas que ya están presentes en los Estados Unidos solicitar el estatus de residente permanente legal, comúnmente conocido como tarjeta verde, sin salir del país. Es una alternativa al procesamiento consular, que requiere que las personas soliciten una visa de inmigrante en una embajada o consulado de los Estados Unidos en su país de origen.

 

Para ser elegible para el Ajuste de Estatus, una persona debe cumplir con ciertos criterios y los requisitos específicos pueden variar según la categoría de inmigrante. A continuación se muestran algunos escenarios comunes en los que las personas pueden ajustar su estatus:

 

1. Tarjetas verdes patrocinadas por la familia:

  • Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses, incluidos cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos estadounidenses adultos.

  • Otros familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales, sujetos a límites numéricos anuales y disponibilidad de visas.

2. Tarjetas verdes basadas en el empleo:

  • Personas a las que se les ha otorgado una categoría de preferencia de visa de inmigrante basada en empleo, como EB-1, EB-2 o EB-3, y son elegibles para ajustar su estatus.

  • Inversionistas que califican para una visa de inmigrante EB-5 basada en una inversión en una nueva empresa comercial que crea empleos en los EE. UU.

3. Ganadores de la Lotería de Visas de Diversidad:

  • Aquellos que hayan ganado la Lotería de Visas de Diversidad (DV) y sean seleccionados para solicitar una tarjeta verde.

4. Asilados y Refugiados:

  • Los asilados y refugiados a quienes se les ha concedido asilo o el estatus de refugiado pueden solicitar un ajuste de estatus después de un año de haber recibido el asilo o el estatus de refugiado.

5. Inmigrantes especiales:

  • Ciertas categorías especiales de inmigrantes, como trabajadores religiosos, locutores internacionales y ciudadanos afganos e iraquíes que han trabajado para el gobierno de Estados Unidos.

6. Otras categorías específicas:

  • Individuos con circunstancias únicas, como víctimas de violencia doméstica (autopeticionarios de VAWA), ciertas personas a las que se les ha concedido Estatus de Protección Temporal (TPS) y más.

Cuando se trata de ajustar su estatus en los Estados Unidos, elegir la orientación legal adecuada puede marcar la diferencia. Nuestro bufete de abogados se dedica a garantizar que su camino hacia la residencia permanente legal sea lo más fluido y exitoso posible. Con nuestra experiencia en leyes de inmigración, apoyo personalizado y un historial comprobado, somos su socio de confianza para lograr su sueño de llamar a los Estados Unidos su hogar permanente. Contáctenos hoy para embarcarse en su viaje hacia la residencia permanente legal con confianza y seguridad.

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